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En ese escenario, la Prefectura de Río de Janeiro y la empresa TIM firmaron un acuerdo
en el cual la empresa ofrecía los datos de conexión con las torres de telefonía, en
tiempo real, con lo cual se podrían monitorear las aglomeraciones y los movimientos
de la población. Con base en la concentración de usuarios en una localidad en
un determinado momento, se generaba un “mapa de calor”. Según la empresa, la
información preservaría el anonimato de los clientes 58 .
Por su parte, el Estado de Sao Paulo implementó el Sistema de Monitoreo Inteligente
(SIMI), desarrollado en colaboración con las empresas de telefonía, Claro, Oi, TIM
y Vivo. Este sistema también usaba los datos vinculados a las antenas de telefonía
móvil de las operadoras para identificar aglomeraciones y para enviar mensajes con
orientaciones a los usuarios. Según las autoridades del Estado, no existía riesgo a la
privacidad de los usuarios, pues no se analizaba la trayectoria individual y además
los datos eran anonimizados y presentados de manera agregada respectando las
disposiciones de la LGPD. 59
Con el fin de evitar la creación de nuevas plataformas para el mismo objetivo, las
operadoras telefónicas Claro, Oi, TIM y Vivo crearon un servicio único para que los
gobiernos estatales, municipales y federal pudieran monitorear aglomeraciones a
través de mapas de calor generados con los datos de los celulares de los usuarios 60. En
el momento del anuncio, 15 estados y dos ciudades mostraron interés en el servicio.
De acuerdo con el presidente de Sindicato Nacional de las Empresas de Telefonía y de
Servicio Móvil Celular y Personal, no habría riesgo a la privacidad, en tanto los datos
son anonimizados.
EL GOBIERNO CENTRAL TENÍA LA INTENCIÓN DE REALIZAR ESTE TIPO DE MONITOREO A
ESCALA NACIONAL, PERO FINALMENTE DESISITIÓ61
En este contexto, la Agencia Nacional de Telecomunicaciones (ANATEL) se pronunció
sobre estas soluciones, señalando que “…la adopción de cualquier medida de la
naturaleza de las anteriores debe resultar de una decisión motivada, con respaldo
legal y la debida transparencia para los órganos de control y para la sociedad”.62 En ese
sentido, para la ANATEL, la colecta de datos debe estar sujeta a la legislación vigente
y a los dictámenes de la Constitución Federal. La ponderación de la tutela de la salud
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58 https://www.tim.com.br/sp/sobre-a-tim/sala-de-imprensa/press-releases/institucional/prefeitura-do-rio-fechaparceria-com-a-tim-para-montar-mapa-de-deslocamento-na-cidade-durante-a-pandemia_
59 https://www.saopaulo.sp.gov.br/noticias-coronavirus/governo-de-sp-apresenta-sistema-de-monitoramentointeligente-contra-coronavirus/
60 https://www.uol.com.br/tilt/noticias/redacao/2020/04/23/teles-criam-site-para-governos-monitorarem-isolamentocom-dados-de-celular.htm
61 https://www.uol.com.br/tilt/noticias/redacao/2020/04/13/bolsonaro-veta-uso-de-dados-de-celulares-paramonitorar-isolamento.htm
62 https://www.gov.br/anatel/pt-br/assuntos/noticias/posicionamento-da-anatel-a-respeito-da-utilizacao-derastreamento-de-usuarios-de-telecomunicacoes-no-ambito-de-medidas-no-combate-a-pandemia-de-covid-19