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allá de habilitaciones legales para impulsar la entrega de información de personas. No
tenemos evidencia de que esa información haya sido entregada. No obstante, la medida
por sí misma resulta un ejercicio que no puede considerarse sujeto a los principios de
legalidad, necesidad o proporcionalidad para la restricción sobre la autodeterminación
informativa.
Uno de los casos de colaboración entre gobierno, academia y empresas de telefonía fue
el Sistema de Inteligencia de Epidemiologia del COVID-19 (SISCOVID) 66 . Este proyecto,
financiado por el Ministerio de Ciencia Tecnología e Innovación, fue trabajado en
conjunto entre investigadores de la Universidad de Los Andes, el Centro Nacional de
Consultoría (CNC) y la Universidad de Ibagué, junto a empresas como Movistar, LUCA
Data Unit, y Facebook Geoinsights quienes proveyeron datos agregados de la movilidad
de los ciudadanos a partir del uso de teléfonos celulares.
El objetivo declarado del proyecto fue “…estudiar la dinámica del virus a través de
modelos de simulación matemática y computacional apoyados por datos de movilidad
(incluyendo datos MNO) y encuestas, para proporcionar evidencia para la toma
de decisiones en cinco ciudades del país: Barranquilla, Bogotá, Cali, Cartagena y
Medellín.”67 De acuerdo a un reporte de la Fundación Karisma “Cómo se utilizaron
exactamente… los conocimientos ofrecidos por los grupos académicos por los gobiernos
es menos claro.”68
ECUADOR
En el marco de la pandemia, se declaró el estado de excepción por calamidad pública
mediante Decreto Ejecutivo Nº 1017. En virtud de este decreto, se permitía “… usar
plataformas satelitales y de telefonía móvil para monitorear la ubicación de personas
en estado de cuarentena sanitaria y/o aislamiento obligatorio […]” (Art. 11); es decir, que
mediante el GPS del teléfono celular, el gobierno podía monitorear a aquellas personas
con diagnóstico positivo del virus, quienes estuvieron en contacto con casos positivos o
personas que ingresaron al país desde el extranjero, quienes debían cumplir el periodo
obligatorio de 14 días de aislamiento.
Esta medida, en tanto permitía el acceso a información sensible de los ciudadanos,
despertó cuestionamientos sobre su legalidad, necesidad y proporcionalidad y la
afectación a los derechos humanos de las personas, como el derecho a la privacidad.
66 https://www.researchgate.net/publication/348950496_SISCOVID_modelos_de_sistemas_complejos_para_
contribuir_a_disminuir_la_transmision_de_SARS-COV-2_en_contextos_urbanos_de_Colombia
67 https://descubre.movistar.co/informe-de-gestion-responsable-2020/gestion-2020-4-2.html
68 https://web.karisma.org.co/wp-content/uploads/2021/05/Useless-and-Dangerous-A-Critical-Exploration-of-CovidApplications-and-Their-Human-Rights-Impacts-in-Colombia.pdf
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