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Otro problema que fue reportado en el diseño de estas aplicaciones fue su escasa
seguridad, por lo menos en sus versiones iniciales. Como puede constatarse en el
presente informe, organizaciones de la sociedad civil que trabajan en la protección
de los derechos humanos en el ambiente digital reportaron vulnerabilidades en las
aplicaciones, con la potencialidad de exponer datos personales de buena parte de la
población. En alguna medida, la urgencia de las medidas de sanidad pública parecía
justificar despliegues rápidos de mecanismos de auxilio. Sin embargo, el riesgo
representado para la información personal por la carencia de condiciones razonables
de seguridad representa a la vez un abandono del principio de seguridad en la
protección de datos personales, que pone en riesgo información sensible que puede
afectar desde la dignidad hasta el trato en condiciones de no discriminación de las
personas.
Esto debe servir para que los Estados
no dejen que la urgencia de respuestas
La urgencia parecía justificar
provoque una reacción apresurada.
despliegues rápidos de
Cada Estado debería evaluar si la
mecanismos de auxilio. Sin
implementación de ciertas tecnologías es
embargo, la carencia de
necesaria e idónea; si se tiene la suficiente
condiciones razonables de
capacidad para mantener el equilibrio
seguridad representa un
entre la salud y la privacidad; y, si se tiene
abandono del principio de
suficiente evidencia sobre la eficacia de la
seguridad en la protección
herramienta propuesta respecto del fin que
de datos personales.
se pretende alcanzar. En otras palabras, el
desarrollo y el despliegue de tecnologías
deben pasar por un análisis previo, acorde
con el impacto en las personas que la operación correcta y la operación incorrecta
del sistema pueden tener. Se trata de un análisis de adecuación, como parte del
cumplimiento del estándar de necesidad y el de proporcionalidad, exigidos dentro de la
pandemia por los organismos internacionales, y fuera de la pandemia por la vigencia
habitual de los instrumentos sobre derechos humanos.
También fueron identificados problemas referentes al consentimiento que debía ser
solicitado para la colecta de datos personales. Los casos de Argentina y Colombia en
el que existieron declaraciones y disposiciones contradictorias en las que, por un
lado se obligaba a usar la aplicación en ciertas circunstancias, pero se señalaba que
no era obligación descargarla, deben poner en perspectiva la necesidad de guiarse
por las exigencias de protección de los derechos humanos desde el diseño de estas
herramientas; sobre todo, porque el consentimiento para el tratamiento de datos
personales sensibles es obligatorio en la mayoría de legislaciones en la materia.
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